El Juicio de faltas es un procedimiento sencillo y rápido para tratar infracciones penales leves y si bien, no es obligatorio acudir acompañado de un abogado o procurador, la asistencia a juicio de faltas con un abogado que te defienda garantiza una mejor protección de tus intereses.
Diferencias entre delito y falta
La diferencia entre ambas infracciones penales, falta y delito, radica en la gravedad de los hechos cometidos, siendo también la diferencia de carácter cuantitativa, en conductas penales como hurtos o daños en las cosas ajenas, si el valor de lo dañado o sustraído es inferior a 400€, estaremos ante un juicio de faltas y si éste es superior, estaremos antes un delito.
La pena impuesta en una infracción penal por una falta se castiga con una pena más leve que la impuesta por un delito, normalmente se establece una pena de multa o pena de localización permanente.
El juicio de faltas se diferencia del delito, porque este tipo de procedimiento penal no genera antecedentes penales al condenado y el plazo para presentar la denuncia es de seis meses desde la producción del agravio.
¿Cómo se inicia el juicio de faltas?
El juicio de faltas se inicia por atestado de la Policía Judicial o por la interposición de una denuncia o querella por parte de la persona agraviada u ofendida.
El juzgado competente para conocer de los hechos será el Juzgado de Instrucción del lugar donde ocurrieron los hechos o el juzgado del domicilio de la víctima en el caso de una falta de violencia de género.
El juzgado le dará el trámite oportuno y citará a todas las partes implicadas para la vista, incluidos los testigos o peritos que puedan tener conocimiento de los hechos enjuiciados.
El juicio oral será público, y tras proponer las pruebas cada parte y tras oír las declaraciones y testificales, el Juez finalmente y conforme a su juicio dictará sentencia.
¿Tengo derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios?
El artículo 116.1 del Código Penal dispone: “toda persona criminalmente responsable de un delito o una falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños y perjuicios”
Si además de sufrir un agravio castigado penalmente como falta en el Código Penal, se produjeron daños o perjuicios en el patrimonio del denunciante o en su persona, el perjudicado tendrá derecho a percibir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
¿Qué derechos tengo como ofendido en un juicio de faltas?
- Derecho a conocer las actuaciones judiciales y la fecha señalada para el juicio.
- El derecho a personarse como parte y designar Abogado para su defensa.
- El derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
- Derecho a ser informado de las medidas de asistencia a la víctima.
- Derecho a conocer que deberá comparecer con las pruebas que tenga para la defensa de sus derechos.
¿Qué derechos tengo como denunciado en un juicio de faltas?
- Derecho a recibir información de los hechos denunciados por escrito.
- Derecho a designar Abogado.
- Derecho a ser informado que deberá comparecer con las pruebas que tenga para la defensa de sus derechos.
- Derecho a conocer que la ausencia injustificada, no suspenderá el juicio.
Medios de prueba:
Los medios de pruebas son fundamentales para acreditar los hechos constitutivos de la infracción penal que se persigue o para desvirtuar los hechos que se le imputan como denunciado.
Como medios de prueba más utilizados son:
- Interrogatorio de las partes.
- Testifical de las personas que presenciaron los hechos
- Perito (si los hubiera).
- Prueba documental.
Los accidentes de tráfico por imprudencia leve, ciertas amenazas, coacciones o hurtos de poco importe o altercados que cause una lesión no definida como delito en el Código Penal, o que ésta sea leve, son los asuntos que se suelen tratar en los juicios de faltas.
¿Necesita la asistencia de un abogado en un Juicio de Faltas?
¿Ha sufrido una agresión física?
¿Ha sido víctima de un hurto?
En Pérez Tormo Abogados contará con especialistas en materia de Derecho de Penal que le asesorarán sobre los trámites a seguir para la defensa o acusación en los procedimientos de naturaleza penal.