Una de las decisiones más importantes en la vida es decidir que tu matrimonio se ha terminado. Una vez tomada la decisión de divorciarse, lo más conveniente para tramitar un divorcio mutuo acuerdo es buscar a un buen abogado matrimonialista para que le asesore de los pasos a seguir y las medidas que hay que tener en cuenta derivadas del mismo.
Siempre es más beneficioso para los cónyuges y sobre todo para los menores, intentar llegar a acuerdos entre los mismos.
Y ¿cuáles SON LOS PASOS QUE HAY QUE SEGUIR PARA TRAMITAR TU DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO?
1.- Guarda y custodia: En primer lugar hay que establecer cuál de los dos esposos se quedará con la guarda y custodia de los menores o bien establecer una guarda y custodia compartida.
Para el caso de una guarda y custodia a favor de uno de los esposos se deberá determinar un régimen de visitas para el progenitor que no tenga la custodia, que se puede acordar tanto fines de semanas alternos o también se puede fijar algún día intersemanal. Se deberá estar a cada caso concreto.
2.- Alimentos: Siempre deberán pactar una pensión de alimentos para los hijos, ésta es irrenunciable. Dicha pensión ha de ser acorde a la capacidad económica de la persona que la presta y a las necesidades del hijo menor.
Si usted tiene hijos mayores de edad y éstos son dependientes económicamente de los padres, es decir, no tienen un trabajo estable que les permita vivir por sí mismos o siguen su formación académica, tendrán derecho a alimentos, siempre que sean responsable con sus estudios.
3.- Vivienda familiar: En este apartado, los esposos deberán establecer a quién se le atribuirá el domicilio conyugal. Si hay hijos menores, preferiblemente se atribuirá al padre o madre que tenga la guarda y custodia de los hijos. También se puede pactar el límite temporal en que uno de los cónyuges vivirá en la vivienda familiar, que normalmente será hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad. En cualquier caso, ese tiempo es susceptible de prórroga, pero la ley establece que la prórroga se tiene que solicitar, lo más tarde, seis meses antes del vencimiento del término fijado.
Para el caso de tener atribuida la guarda y custodia compartida, la vivienda se atribuirá para el esposo más necesitado de los dos.
4.- Bienes en común ya sean bienes muebles o inmuebles. En el convenio regulador se podrá pactar la disolución del indiviso, es decir la adjudicación de los bienes en común o por el contrario mantener la cotitularidad de los mismos y pactar la forma de obtener los frutos de dichos bienes.
5.- Prestación compensatoria y compensación por razón del trabajo:
En este apartado las partes pueden renunciar expresamente a cualquier tipo de prestación compensatoria o compensación económica, cuando no haya ningún tipo de desequilibrio económico o patrimonial entre los cónyuges, o bien pueden acordar el importe y la forma de pago a satisfacer a uno de los cónyuges cuando se de dicha circunstancia.
- Prestación compensatoria: se da cuando como consecuencia de la ruptura matrimonial se origina un desequilibrio económico entre los cónyuges. Se puede pactar una pensión mensual que normalmente se pagará por un tiempo determinado a la persona que se ha visto perjudicada por la separación y cuya finalidad es compensar al cónyuge que ha salido más perjudicado.
- La compensación por razón de trabajo tiene lugar cuando uno de los cónyuges se ha dedicado a la familia o ha trabajado para el otro cónyuge por una retribución insuficiente o sin retribución alguna.
Estas 5 medidas son fundamentales y deberán reflejarse en un convenio regulador que se acompañará con la demanda de solicitud de divorcio mutuo acuerdo.