Reclamación de impagos

El camino para reclamar las cantidades por deudas, se suele iniciar por la vía extrajudicial, utilizando todos los medios legales existentes para el cobro de una deuda fuera de la vía judicial, seguimiento del cobro, llamadas, cartas de reclamación, burofaxes, negociación, etc.

Cuando la vía extrajudicial no proporciona los resultados deseados, se opta por la vía judicial para el cobro de morosos.

Una vez que han fracasado la negociación amistosa y la reclamación de cantidad de manera extrajudicial, el último recurso para recuperar la deuda debida es la vía judicial. Eternizar la fase de las acciones extrajudiciales puede ser un gran error, ya que la solvencia del deudor va desapareciendo.

El cobro de morosos es, lamentablemente, un tema de actualidad. El moroso no nos paga y hay que ir a juicio, y la LEC nos brinda tres posibilidades para resolver el problema por la vía judicial en función de las cantidades debidas y los documentos que acrediten la deuda.

  • Juicio Monitorio.
  • Juicio Verbal.
  • Juicio Ordinario

En Pérez Tormo Abogados ponemos a tu disposición expertos en la recuperación de su dinero con un alto nivel de éxito en el recobro de las deudas.
Una vez recuperada la cantidad se pactará un porcentaje con el Abogado de un 15% de la cantidad recuperada.